Actura 12

jubilación y trabajo como artista

Combina tu jubilación con trabajos como artista

Si actualmente percibes la prestación por jubilación, pero estás trabajando, o quieres trabajar como artista, esta noticia es para tí.

De acuerdo con el portal web de la Seguridad Social, en España NO está permitido compaginar una actividad por cuenta ajena o propia que dé lugar a un alta a la Seguridad Social. Pero, existen algunas excepciones:

  • Cuando está jubilado parcialmente. En este caso, la jornada laboral se reduce entre un 25% y un 50%. El salario restante, lo percibirá como jubilación.
  • Si tiene una jubilación activa. Siempre que esta se dé un año posterior o más tras la edad de jubilación habitual. El jubilado percibe un 50% de su pensión, pero se le permite trabajar.
  • La llamada jubilación flexible, se da cuando una persona jubilada trabaja del 25% al 50% de una jornada completa. En este caso, se le reducirá ese porcentaje de los ingresos que perciba de su pensión.
  • La jubilación también se permite en trabajos por cuenta propia que no superen los ingresos anuales del SMI.
  • La pensión por jubilación también puede compaginarse con una actividad de creación artística por la que se perciban ingresos por propiedad intelectual.
  • También, una persona jubilada, puede percibir su pensión si es dueña o tiene a su nombre una empresa, siempre que no invierta en ella horas de trabajo.

Soy artista y jubilado, ¿cómo afecta a mi pensión económicamente?

A partir del día 1 de Abril de 2024, los trabajos artísticos por cuenta ajena o por cuenta propia serán compatibles con el percibo del 100%  de la pensión de jubilación.

En trabajos por cuenta ajena, la empresa dará de alta al artista y se cotizará por contingencias profesionales y por una cotización especial de solidaridad del 9%.

En trabajos como autónomo,  se estará obligado a solicitar el alta y cotizar en el régimen especial de autónomos únicamente por contingencias profesionales y quedarán sujetas a una cotización especial de solidaridad del 9%.

Por tanto, si estás jubilado y eres artista, a partir de ahora, podrás seguir percibiendo tu pensión completa.